Sentencia del Tribunal Supremo de 10 de febrero de 2014 en la que viene a ratificar la doctrina jurisprudencial en la materia estableciendo que, las clausulas estatutarias que eximen a un propietario del pago de los gastos de conservación y reparación del servicio de ascensores alcanza tanto a los gastos ordinarios de mantenimiento como los extraordinarios de adaptación o sustitución.
Sin embargo, esta exoneración genérica no es de aplicación cuando se instala por primera vez un ascensor en la comunidad de propietarios, pues dicha medida facilita la accesibilidad y supone una mejora general para el inmueble.
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