martes, 4 de noviembre de 2014

El Gobierno concreta los requisitos y cuantía de las subvenciones para la adaptación de las cabeceras comunitarias de televisión


Para concretar el alcance de las subvenciones prometidas por el Gobierno para la devolución del coste de las modificaciones e instalaciones requeridas para la correcta visualización de la oferta completa de televisión, como consecuencia del nuevo apagón digital, que tendrá lugar el día 1 de enero de 2.015, hace unos días se ha publicado el Real Decreto 920/2014, de 31 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a compensar los costes derivados de la recepción o acceso a los servicios de comunicación audiovisual televisiva en las edificaciones afectadas por la liberación del dividendo digital.

Las subvenciones están destinadas a la cobertura de los gastos en que incurran las comunidades de propietarios con motivo de la adaptación de sus antenas al proceso de liberación del dividendo digital, y que se realicen entre el 1 de junio de 2.014 y el 30 de junio de 2.015. Sólo se podrá solicitar una subvención por comunidad, aunque la misma solicitud podrá abarcar la financiación de aquellas instalaciones que consten de más de una cabecera de recepción de televisión. En cualquier caso, la cuantía de la subvención no podrá superar el coste de las modificaciones en la antena.

La cuantía máxima de la subvención variará en función de la infraestructura afectada por el proceso de liberación digital. Así, si la infraestructura no requiere la instalación de equipamiento adicional, el importe máximo de la subvención será de 100€, y si lo requiere, la cantidad se fijará dependiendo de los múltiples digitales de que conste la cabecera (150€ para un múltiple digital, y 100€ más por múltiple adicional).


La solicitud de subvención deberá ser resuelta en el plazo de 3 meses desde su presentación, siempre que no se haya superado el importe máximo de las ayudas señalado en la convocatoria. El silencio administrativo tras el plazo de resolución fijado entenderá desestimada la solicitud.

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